viernes, 18 de septiembre de 2020

LA LEY DE LA SILLA

EL domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. ARTÍCULO 18.2 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. 

ALLANAMIENTO: ocupación de una vivienda habitada. Usurpación: ocupar un inmueble en desuso. En tu vivienda habitual o segunda vivienda si alguien la ocupa puedes llamar a la policía para que los desaloje porque es un allanamiento de morada.

LE llevé a J. unos troncos de madera de roble para que me los troceara con una máquina hidráulica que ensamblada al tractor abre los troncos sin esfuerzo. Me acordé de la última leña que abrieron hace años A. y G. con un hacha. A. tenía una habilidad especial para buscar la veta.  

EL primer aviso de que los higos están maduros los dan los mirlos. Acabamos de recoger los primeros para que M. haga mermelada. Todos los años se repite la historia. Los primero son los más dulces.

EL veintisiete de diciembre de 1910 José Canalejas, jefe del Partido Liberal y presidente del Gobierno, firmó una ley que fijaba en nueve horas la jornada de los mineros. El mismo Canalejas firmó el 27 de Febrero de 1912 la ley llamada De la silla  que imponía a los empresarios la obligación de las sillas en el lugar de trabajo. Hasta entonces se aliviaban los descansos en el suelo. El sillón vendría luego.

"ME estoy enterando ahora no me consta para nada" Jorge Fernández Díaz. El Ministro tenía un ángel llamado Marcelo que le ayuda en las pequeñas cosas, como aparcar y también en algunas grandes. En el caso de la "Operación kitchen" el ángel estaría buscando aparcamiento o en modo avión. Ya se sabe, los ángeles andan por las nubes. 

CON B. tengo intercambio de pareceres muy fructíferos, él me da productos de su huerta y yo le doy consejos de mi cosecha.

APUNTES



No hay comentarios:

Publicar un comentario